El cuerpo de magistrados falló a favor de un ex empleado de YPF, al rechazar una apelación de la Anses; fija el precedente para próximos casos

 

La Corte Suprema de Justicia fijó que las jubilaciones no pueden ser inferiores a un 70 por ciento del sueldo promedio al momento en que el trabajador se retira de la actividad.

El Máximo Tribunal falló a favor del jubilado José Betancur, ex jefe de servicios de YPF en Salta que se jubiló en 2000, al rechazar la apelación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), según publica hoy el diario Clarín.

Esta decisión es de suma importancia al definir como un nuevo piso jubilatorio el 70 por ciento, según la propia doctrina del cuerpo de magistrados, y no como lo calcula el organismo que dirige Diego Bossio.

"Es algo grandioso para todos los jubilados", expresó Betancur en radio La Red. "Mi abogado me dijo que tuviera paciencia, y al final salió", dijo el jubilado, que tras una indemnización que cobró en la petrolera instaló un negocio propio, del que aún vive.

El documento de la Corte fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni y objeta la apelación de la Anses porque "no cumple con el requisito de fundamentación". El organismo había refutado un fallo de la Sala III de la Cámara, que tenía las rúbricas de Néstor Fasciolo y Juan Poclava Fuente.

Actualmente, con 30 años de aporte se cobra aproximadamente la mitad del salario promedio de los últimos años.

Con este fallo, Betancur pasará de cobrar 2881 pesos a 7747 pesos, más la retroactividad y la movilidad que se estableció con el caso Badaro.

La sentencia crea un nuevo beneficio denominado "suplemento por sustitutividad", basado en el porcentaje de la jubilación según los índices del fallo Ellif, que calcula sobre Índice de Salarios del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) entre enero de 2002 y diciembre de 2006.

Para fundamentar su fallo, los jueces sostuvieron que la jubilación es una "consecuencia" del salario que percibía el trabajador "razón por la cual el principio básico es el de la necesaria proporcionalidad entre el haber de pasividad y el de actividad".

La sentencia de la Corte llega en momentos en que existe máxima tensión entre el Máximo Tribunal y la Anses. A mediados del mes pasado, se conoció que el cuerpo de jueces que preside Lorenzetti intimó al organismo gubernamental para que explique cómo invierte los casi 160.000 millones de pesos que administra en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), con el cual financia gastos y programas de la Casa Rosada.